Para finalizar la adhesión deberá registrar una tarjeta de débito o crédito para el cobro automático del abono y los QR validados.
Por seguridad, los datos de la tarjeta no serán guardados directamente por Parking Club.
CONTRATO DE ADHESIÓN DE COMERCIOS SISTEMA PARKING CLUB
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1 – Partes
Entre PARKING CLUB S.A.S., CUIT ________________,
con domicilio legal en ____________________________,
Provincia de Córdoba, República Argentina, representada en este acto por
____________________________, en adelante denominada
"PARKING CLUB"; y por la otra
____________________________,
CUIT ________________,
con domicilio comercial en
____________________________,
representada por
____________________________,
DNI ________________,
correo electrónico
____________________________
y teléfono
________________,
quien contrata el plan
________________
por un abono correspondiente a la periodicidad mensual o anual del plan contratado, cuyo valor vigente es de
$ ____________,
en adelante denominado
"EL COMERCIO ADHERIDO",
se celebra el presente Contrato de Adhesión Comercial, que se regirá por las cláusulas que siguen.
La fecha de adhesión y aceptación electrónica del presente contrato es
____/____/________.
La aceptación del presente contrato podrá realizarse mediante firma manuscrita, firma electrónica, firma digital o aceptación electrónica efectuada desde la plataforma de PARKING CLUB, teniendo todas ellas idéntica validez jurídica conforme la legislación vigente.
Artículo 2 – Naturaleza Jurídica
El presente contrato constituye un acuerdo comercial de adhesión mediante el cual EL COMERCIO solicita incorporarse voluntariamente a la plataforma tecnológica denominada PARKING CLUB.
La adhesión no constituye franquicia, agencia, concesión, representación comercial, sociedad, mandato, asociación, joint venture, relación laboral ni ningún otro vínculo distinto al expresamente regulado en este contrato.
Cada parte conservará absoluta independencia jurídica, económica, administrativa, impositiva y patrimonial.
Artículo 3 – Objeto
El objeto del presente contrato consiste en permitir que EL COMERCIO forme parte de la red de establecimientos adheridos de PARKING CLUB, pudiendo ofrecer promociones,
descuentos, beneficios y campañas comerciales a los usuarios que presenten códigos QR válidos generados por la plataforma.
Asimismo, PARKING CLUB proveerá las herramientas tecnológicas necesarias para la validación de dichos códigos QR, el registro de operaciones y la administración de los beneficios publicados.
Artículo 4 – Aceptación Integral
La adhesión implica la aceptación total, incondicional e irrevocable de todas las cláusulas del presente contrato, de los anexos vigentes y de las futuras políticas operativas que PARKING CLUB publique dentro de la plataforma.
EL COMERCIO declara haber leído íntegramente este documento antes de aceptarlo.
Artículo 5 – Buena Fe
Las partes se obligan a ejecutar el presente contrato conforme al principio de buena fe, cooperación comercial, transparencia y lealtad contractual, comprometiéndose a evitar cualquier conducta que pueda perjudicar a la otra parte, a los usuarios del sistema o al prestigio de la marca PARKING CLUB.
Artículo 6 – Definiciones
A los efectos del presente contrato, se entenderá por:
Plataforma:
conjunto de sistemas informáticos desarrollados por PARKING CLUB.
Portal del Comercio:
área privada desde la cual EL COMERCIO administra su información, beneficios y promociones.
Usuario:
persona que posee un código QR emitido válidamente por PARKING CLUB.
QR Válido:
código generado exclusivamente por los servidores oficiales de PARKING CLUB y que cumple todas las condiciones de autenticidad.
QR Inválido:
código alterado, vencido, falsificado, duplicado, reutilizado o generado por
medios ajenos al sistema.
Beneficio:
descuento, promoción, regalo, servicio o ventaja comercial publicada por EL COMERCIO.
Plan Comercial:
modalidad de suscripción contratada por EL COMERCIO.
Panel Administrativo:
sistema interno utilizado exclusivamente por PARKING CLUB para administrar la plataforma.
CAPÍTULO II
FUNCIONAMIENTO DE LA PLATAFORMA
Artículo 7 – Objeto de la Plataforma
PARKING CLUB constituye una plataforma tecnológica destinada a conectar usuarios con comercios adheridos mediante la utilización de códigos QR únicos, permitiendo la obtención de beneficios comerciales previamente definidos por cada establecimiento.
La plataforma no actúa como intermediaria en la compraventa de bienes o servicios entre EL COMERCIO y el usuario, limitándose a brindar la infraestructura tecnológica necesaria para la generación, validación y registro de los códigos QR, así como para la administración de promociones y beneficios.
Artículo 8 – Funcionamiento General
El sistema operará mediante la emisión de códigos QR individuales, únicos e irrepetibles.
Cada código contendrá información registrada en los servidores de PARKING CLUB que permitirá verificar, entre otros aspectos:
a) autenticidad del código;
b) fecha y hora de emisión;
c) vigencia;
d) estado de utilización;
e) identificador único de la operación;
f) datos técnicos necesarios para prevenir fraudes.
La validación de un QR se realizará exclusivamente mediante las herramientas oficiales provistas por PARKING CLUB.
Artículo 9 – Evolución Tecnológica
EL COMERCIO reconoce que la plataforma tecnológica podrá evolucionar permanentemente.
En consecuencia, PARKING CLUB podrá incorporar nuevas funciones, modificar procesos, actualizar algoritmos, cambiar interfaces, agregar módulos, implementar nuevos servicios o reemplazar tecnologías sin necesidad de modificar el presente contrato.
Las actualizaciones formarán parte integrante del servicio contratado.
Artículo 10 – Disponibilidad del Servicio
PARKING CLUB realizará sus mayores esfuerzos para mantener la plataforma operativa de forma continua.
No obstante, EL COMERCIO acepta que podrán producirse interrupciones temporales por tareas de mantenimiento, mejoras técnicas, actualizaciones, fallas de conectividad, ataques informáticos, problemas de proveedores externos o cualquier otra circunstancia razonablemente ajena al control de PARKING CLUB.
La indisponibilidad temporal del sistema no generará derecho a indemnización, salvo disposición legal imperativa en contrario.
CAPÍTULO III
ADHESIÓN DEL COMERCIO
Artículo 11 – Solicitud de Adhesión
La incorporación de EL COMERCIO a la plataforma PARKING CLUB será voluntaria y deberá realizarse exclusivamente mediante los procedimientos oficiales establecidos por la empresa.
La solicitud podrá efectuarse desde el sitio web oficial, aplicaciones móviles, plataformas autorizadas o cualquier otro medio electrónico habilitado por PARKING CLUB.
La mera presentación de la solicitud no implica aceptación automática. PARKING CLUB podrá aprobarla, rechazarla o solicitar información adicional sin necesidad de expresar causa, y la adhesión quedará perfeccionada únicamente cuando sea aceptada por PARKING CLUB y se encuentre validado el medio de pago correspondiente.
Artículo 12 – Información Declarada
EL COMERCIO declara que toda la información suministrada durante el proceso de adhesión es verdadera, completa y actualizada.
Entre otros datos podrán requerirse:
- Razón social.
- Nombre de fantasía.
- CUIT.
- Domicilio comercial.
- Domicilio legal.
- Actividad principal.
- Responsable del establecimiento.
- Teléfono.
- Correo electrónico.
- Sitio web.
- Redes sociales.
- Ubicación geográfica.
- Horarios de atención.
- Medio de cobro.
- Datos bancarios.
- Información impositiva.
- Cualquier otro dato necesario para la prestación del servicio.
La falsedad u ocultamiento de información habilitará a PARKING CLUB a resolver inmediatamente el contrato.
Artículo 13 – Verificación
PARKING CLUB podrá verificar la autenticidad de la información declarada.
A tal fin podrá solicitar documentación respaldatoria, fotografías, comprobantes, habilitaciones municipales, constancias fiscales o cualquier otro elemento que considere necesario.
Hasta tanto dicha información sea validada, PARKING CLUB podrá mantener suspendida la adhesión.
Artículo 14 – Firma Electrónica
La aceptación del presente contrato podrá realizarse mediante firma electrónica.
Las partes reconocen plena validez jurídica a:
- Firma realizada con el dedo sobre pantalla.
- Firma efectuada mediante mouse.
- Aceptación mediante botón "Acepto".
- Validación mediante código enviado por correo electrónico.
- Validación mediante código SMS.
- Validación mediante token.
- Cualquier mecanismo electrónico implementado por PARKING CLUB.
Todas estas modalidades producirán idénticos efectos jurídicos que una firma ológrafa.
Artículo 15 – Registro de Evidencias
Con el fin de acreditar la aceptación del contrato, PARKING CLUB podrá almacenar:
- Dirección IP.
- Fecha.
- Hora.
- Navegador utilizado.
- Sistema operativo.
- Modelo del dispositivo.
- Resolución de pantalla.
- Firma electrónica.
- Geolocalización cuando exista autorización.
- Token de seguridad.
- Correo electrónico.
- Número telefónico.
- Historial de modificaciones.
Estos registros podrán utilizarse como medio probatorio ante cualquier controversia.
CAPÍTULO IV
PORTAL DEL COMERCIO
Artículo 16 – Acceso
Una vez aprobada la adhesión y validado el medio de pago correspondiente, PARKING CLUB otorgará a EL COMERCIO acceso al Portal del Comercio.
El acceso será personal e intransferible, y cada comercio será responsable por toda actividad realizada utilizando sus credenciales.
Artículo 17 – Usuario y Contraseña
EL COMERCIO deberá conservar bajo absoluta reserva sus claves de acceso.
Será responsable por cualquier operación realizada mediante dichas credenciales hasta tanto comunique formalmente su pérdida o utilización indebida.
PARKING CLUB no responderá por accesos producidos por negligencia del propio comercio.
Artículo 18 – Funciones del Portal
Desde el Portal del Comercio podrán realizarse, según las funcionalidades que se encuentren habilitadas, entre otras, las siguientes acciones:
- Modificar datos del establecimiento.
- Cambiar horarios.
- Cambiar fotografías.
- Cambiar logotipo.
- Modificar descripción comercial.
- Publicar promociones.
- Crear beneficios.
- Modificar beneficios.
- Eliminar beneficios.
- Consultar estadísticas.
- Visualizar validaciones realizadas.
- Consultar historial.
- Descargar comprobantes.
- Consultar facturación.
- Cambiar medio de pago.
- Contratar nuevos planes.
- Solicitar soporte.
PARKING CLUB podrá incorporar nuevas funciones sin necesidad de modificar este contrato.
Artículo 19 – Beneficios Publicados
EL COMERCIO será el único responsable del contenido de los beneficios publicados.
Cada beneficio deberá indicar de manera clara:
- Descripción.
- Condiciones.
- Restricciones.
- Vigencia.
- Alcance.
- Productos incluidos.
- Productos excluidos.
- Porcentaje de descuento, monto fijo o modalidad promocional.
Artículo 20 – Modificación de Beneficios
EL COMERCIO podrá modificar libremente los beneficios publicados desde su Portal, tantas veces como considere conveniente.
Las modificaciones surtirán efecto desde su publicación en la plataforma o desde la fecha programada por EL COMERCIO.
No será necesaria autorización previa de PARKING CLUB.
Artículo 21 – Responsabilidad sobre los Beneficios
Los beneficios serán ofrecidos exclusivamente por EL COMERCIO.
PARKING CLUB únicamente facilitará su difusión dentro de la plataforma.
En consecuencia, cualquier incumplimiento relacionado con promociones, descuentos, bonificaciones, premios, reintegros o condiciones comerciales será de exclusiva responsabilidad del establecimiento adherido.
Artículo 22 – Contenido Prohibido
EL COMERCIO no podrá publicar:
- Información falsa.
- Publicidad engañosa.
- Beneficios imposibles de cumplir.
- Promociones discriminatorias.
- Contenido ofensivo.
- Material ilegal.
- Información que infrinja derechos de terceros.
PARKING CLUB podrá eliminar dicho contenido sin previo aviso.
CAPÍTULO V
PLANES DE SUSCRIPCIÓN
Artículo 23 – Planes Comerciales
PARKING CLUB ofrecerá distintos planes de adhesión.
Inicialmente podrán denominarse:
- Plan Básico.
- Plan Medio.
- Plan Premium.
La empresa podrá modificar su denominación, características o cantidad de planes cuando lo considere conveniente.
Artículo 24 – Servicios Incluidos
Cada plan podrá otorgar diferentes beneficios, entre ellos:
- Mayor posicionamiento dentro de la plataforma.
- Aparición destacada en búsquedas.
- Publicidad preferencial.
- Mayor cantidad de imágenes.
- Estadísticas avanzadas.
- Campañas promocionales.
- Herramientas de marketing.
- Otros servicios que PARKING CLUB incorpore en el futuro.
Artículo 25 – Modificación de los Planes
PARKING CLUB podrá modificar las características de los planes contratados cuando resulte necesario por razones comerciales, técnicas o estratégicas.
Toda modificación será comunicada con una antelación razonable mediante correo electrónico, notificación en la plataforma o cualquier otro medio electrónico habilitado.
CAPÍTULO VI
PRECIO DEL SERVICIO Y FACTURACIÓN
Artículo 26 – Precio de la Suscripción
EL COMERCIO ADHERIDO contrata el plan ________________ y abonará a PARKING CLUB un abono de periodicidad mensual o anual, según la modalidad informada y aceptada al momento de la adhesión, por un valor vigente de $ ____________.
El importe podrá actualizarse conforme lo establecido en el presente contrato y en la normativa aplicable.
Los valores informados dentro de la plataforma formarán parte integrante del contrato sin necesidad de firmar documentación adicional.
Artículo 27 – Otros Servicios
Además de la suscripción, PARKING CLUB podrá ofrecer servicios adicionales, entre ellos:
- Campañas publicitarias.
- Posicionamiento preferencial.
- Espacios destacados.
- Publicidad geolocalizada.
- Servicios de marketing.
- Estadísticas avanzadas.
- Integraciones con otros sistemas.
- Nuevos módulos tecnológicos.
Su contratación será opcional, salvo que expresamente se indique lo contrario.
Artículo 28 – Actualización de Valores
PARKING CLUB podrá actualizar los importes de suscripciones y servicios cuando resulte necesario por razones económicas, tecnológicas, impositivas, inflacionarias o comerciales.
La actualización será comunicada con una antelación mínima de treinta (30) días corridos mediante correo electrónico, notificación en la plataforma o cualquier otro medio electrónico.
Si EL COMERCIO no manifestara su voluntad de rescindir el contrato antes de la entrada en vigencia de los nuevos valores, se considerará aceptada la actualización.
Artículo 29 – Impuestos
Todos los importes publicados por PARKING CLUB se entenderán más los impuestos que correspondan, salvo que expresamente se indique lo contrario.
EL COMERCIO será responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
Artículo 30 – Mora
La falta de pago producirá automáticamente la mora, sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial.
Durante la mora, PARKING CLUB podrá:
- suspender el acceso al Portal;
- ocultar el comercio de las búsquedas;
- impedir nuevas validaciones;
- cancelar promociones activas;
- aplicar intereses;
- iniciar acciones judiciales.
Todo ello sin perjuicio de reclamar daños y perjuicios cuando corresponda.
CAPÍTULO VII
DÉBITO AUTOMÁTICO
Artículo 31 – Autorización
EL COMERCIO autoriza expresamente a PARKING CLUB a debitar automáticamente los importes correspondientes a las suscripciones y demás servicios contratados utilizando el medio de pago informado.
La autorización tendrá vigencia mientras permanezca activo el contrato.
Artículo 32 – Medios de Pago
Podrán utilizarse, entre otros:
- Tarjetas de crédito.
- Tarjetas de débito.
- Mercado Pago.
- Transferencias automáticas.
- Débito bancario.
- Billeteras virtuales.
- Otros medios habilitados.
PARKING CLUB podrá incorporar nuevos medios de cobro.
Artículo 33 – Rechazo del Débito
Si el débito fuera rechazado por cualquier causa, EL COMERCIO dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles para regularizar la situación.
PARKING CLUB podrá comunicar el rechazo y la necesidad de regularización mediante correo electrónico, notificación en la plataforma o cualquier otro medio de contacto informado por EL COMERCIO. Mientras subsista el incumplimiento, PARKING CLUB podrá limitar o suspender total o parcialmente los servicios, incluyendo la visibilidad del comercio y la validación de códigos QR.
Artículo 34 – Cambio del Medio de Pago
EL COMERCIO será responsable de mantener actualizado el medio de pago registrado.
La falta de actualización no eximirá la obligación de abonar las sumas adeudadas.
CAPÍTULO VIII
VALIDACIÓN DE CÓDIGOS QR
Artículo 35 – Utilización Exclusiva
EL COMERCIO deberá validar únicamente códigos QR emitidos por los sistemas oficiales de PARKING CLUB y utilizando exclusivamente las herramientas de validación habilitadas por la plataforma.
Queda prohibida cualquier validación realizada mediante aplicaciones de terceros o por procedimientos distintos de los autorizados por PARKING CLUB.
Artículo 36 – QR Válido
Se considerará válido únicamente aquel código que reúna simultáneamente todas las siguientes condiciones:
- haber sido emitido por los servidores oficiales;
- encontrarse vigente;
- no haber sido utilizado previamente cuando corresponda;
- no registrar alteraciones;
- superar todos los controles de autenticidad implementados por PARKING CLUB.
Artículo 37 – QR Inválido
Serán considerados inválidos, entre otros:
- códigos falsificados;
- capturas de pantalla modificadas;
- códigos alterados;
- códigos vencidos;
- códigos reutilizados;
- códigos duplicados;
- códigos manipulados;
- códigos obtenidos mediante fraude;
- cualquier otro que el sistema determine como inválido.
Artículo 38 – Resultado de la Validación
La plataforma podrá indicar:
- QR válido;
- QR utilizado;
- QR vencido;
- QR inexistente;
- QR inválido;
- QR bloqueado;
- QR suspendido;
- QR bajo revisión.
La decisión del sistema prevalecerá sobre cualquier apreciación manual del operador.
Artículo 39 – Registro de la Operación
Toda validación quedará registrada.
Entre otros datos podrán almacenarse:
- fecha;
- hora;
- comercio;
- sucursal;
- operador;
- dispositivo;
- dirección IP;
- ubicación geográfica cuando exista autorización;
- identificador del QR;
- resultado de la validación;
- información técnica adicional.
Artículo 40 – Valor Probatorio
EL COMERCIO reconoce que los registros electrónicos almacenados por PARKING CLUB constituyen prueba suficiente de las operaciones realizadas.
Salvo prueba fehaciente en contrario, dichos registros se presumirán auténticos.
CAPÍTULO IX
OBLIGACIONES DEL COMERCIO
Artículo 41 – Obligaciones Generales del Comercio
EL COMERCIO deberá:
- mantener permanentemente actualizada su información;
- respetar todos los beneficios publicados;
- no negar injustificadamente beneficios válidos;
- capacitar a su personal para utilizar correctamente el sistema;
- no intentar vulnerar la seguridad informática de PARKING CLUB;
- no desarrollar sistemas destinados a copiar, alterar, interceptar o manipular el funcionamiento de la plataforma;
- no utilizar la marca PARKING CLUB sin autorización expresa fuera del material promocional provisto por la empresa;
- informar inmediatamente a PARKING CLUB cualquier sospecha de fraude o utilización indebida de códigos QR de la que tome conocimiento;
- responder frente a los usuarios por los beneficios ofrecidos;
- mantener una conducta comercial compatible con el prestigio e imagen de PARKING CLUB.
CAPÍTULO X
CALIDAD DEL SERVICIO, RECLAMOS Y RÉGIMEN DE SANCIONES
Artículo 42 – Calidad del Servicio
EL COMERCIO se compromete a brindar una atención respetuosa, profesional y diligente a todos los usuarios de PARKING CLUB.
La adhesión al sistema implica asumir el compromiso de respetar los beneficios publicados y mantener una conducta compatible con la imagen y prestigio de la plataforma.
Artículo 43 – Igualdad de Trato
Todo usuario que presente un código QR válido deberá recibir el beneficio publicado, sin discriminación por razones de edad, sexo, nacionalidad, religión, discapacidad, condición económica o cualquier otra circunstancia ajena a las condiciones objetivas de la promoción.
Artículo 44 – Beneficio Publicado
EL COMERCIO reconoce que las promociones, descuentos y beneficios publicados en la plataforma constituyen una oferta dirigida a los usuarios durante su período de vigencia.
En consecuencia, una vez validado correctamente un código QR, EL COMERCIO deberá respetar íntegramente las condiciones anunciadas, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados.
Artículo 45 – Agotamiento de Stock
Cuando una promoción dependa de la disponibilidad de productos o servicios limitados, EL COMERCIO deberá indicarlo expresamente al momento de publicar el beneficio.
La falta de dicha aclaración impedirá invocar el agotamiento de stock como causal para negar el beneficio.
Artículo 46 – Reclamos de Usuarios
Los usuarios podrán efectuar reclamos cuando consideren que:
- no recibieron el beneficio publicado;
- recibieron un beneficio distinto;
- fueron objeto de un trato inadecuado;
- se rechazó injustificadamente un QR válido;
- existió publicidad engañosa;
- el establecimiento incumplió las condiciones informadas.
PARKING CLUB podrá recibir estos reclamos por cualquier medio habilitado.
Artículo 47 – Derecho de Descargo
Antes de aplicar una sanción definitiva, PARKING CLUB podrá notificar a EL COMERCIO los hechos observados y solicitarle la presentación de un descargo.
El establecimiento dispondrá del plazo que se indique en la notificación para aportar pruebas, explicaciones o documentación.
La falta de respuesta podrá interpretarse como aceptación de los hechos denunciados, sin perjuicio de las demás pruebas disponibles.
Artículo 48 – Investigación
PARKING CLUB podrá investigar cualquier denuncia mediante:
- análisis de los registros del sistema;
- historial de validaciones;
- registros de fecha y hora;
- geolocalización cuando corresponda;
- entrevistas;
- documentación aportada por las partes;
- fotografías;
- videos;
- comprobantes;
- cualquier otro elemento de prueba.
Artículo 49 – Medidas Preventivas
Mientras se desarrolla una investigación, PARKING CLUB podrá, cuando lo considere necesario para proteger a los usuarios o a la plataforma:
- ocultar temporalmente al comercio en las búsquedas;
- suspender campañas promocionales;
- impedir nuevas adhesiones de sucursales;
- limitar determinadas funciones del Portal del Comercio;
- requerir documentación adicional.
Estas medidas preventivas no constituirán una sanción definitiva.
Artículo 50 – Escala de Sanciones
Según la gravedad, reiteración y antecedentes del caso, PARKING CLUB podrá aplicar una o más de las siguientes medidas:
a) advertencia escrita;
b) requerimiento de corrección;
c) suspensión temporal de promociones;
d) suspensión temporal del comercio;
e) pérdida del posicionamiento preferencial;
f) eliminación de beneficios publicados;
g) rescisión del contrato;
h) exclusión definitiva de la plataforma;
i) reclamo de daños y perjuicios cuando corresponda.
Artículo 51 – Conductas Graves
Se considerarán especialmente graves, entre otras:
- validar códigos QR sin otorgar el beneficio correspondiente;
- publicar promociones falsas;
- modificar condiciones luego de publicada una promoción sin actualizar la plataforma;
- utilizar el nombre de PARKING CLUB para engañar a consumidores;
- alterar registros;
- facilitar accesos a terceros no autorizados;
- intentar vulnerar la seguridad informática;
- realizar maniobras fraudulentas;
- perjudicar deliberadamente la imagen de PARKING CLUB.
Artículo 52 – Reincidencia
La reiteración de incumplimientos será considerada un agravante.
PARKING CLUB podrá aplicar sanciones más severas aun cuando cada incumplimiento individual, considerado aisladamente, pudiera justificar una medida menor.
Artículo 53 – Daños a la Imagen de la Plataforma
EL COMERCIO reconoce que el prestigio y la confianza del público constituyen activos esenciales de PARKING CLUB.
En consecuencia, cualquier conducta que produzca un daño significativo a la imagen de la plataforma podrá dar lugar a la rescisión inmediata del presente contrato, sin perjuicio del derecho de PARKING CLUB a reclamar la reparación de los daños ocasionados.
CAPÍTULO XI
OBLIGACIONES DE PARKING CLUB
Artículo 54
PARKING CLUB se compromete a mantener operativa la plataforma con un nivel razonable de disponibilidad, sujeto a tareas de mantenimiento, actualizaciones y circunstancias ajenas a su control.
Artículo 55
Brindará acceso al Portal del Comercio conforme al plan contratado.
Artículo 56
Registrará electrónicamente las validaciones efectuadas mediante el sistema oficial.
Artículo 57
Implementará medidas razonables de seguridad informática destinadas a proteger la integridad de la plataforma y de la información almacenada.
Artículo 58
Podrá incorporar nuevas funcionalidades, herramientas, módulos, integraciones, aplicaciones móviles y servicios tecnológicos sin necesidad de modificar el presente contrato.
Artículo 59
Podrá modificar el diseño, funcionamiento o estructura técnica de la plataforma cuando ello resulte conveniente para mejorar la experiencia de uso, incrementar la seguridad o incorporar nuevas tecnologías.
Artículo 60
PARKING CLUB procurará brindar soporte técnico a EL COMERCIO a través de los canales oficiales que oportunamente habilite, sin garantizar tiempos específicos de respuesta, salvo que se establezcan niveles de servicio particulares para determinados planes comerciales.
Artículo 61
PARKING CLUB no será responsable por pérdidas de ventas, ganancias esperadas, lucro cesante, disminución de clientela o cualquier consecuencia económica derivada de decisiones comerciales adoptadas por EL COMERCIO o de circunstancias ajenas al correcto funcionamiento de la plataforma.
CAPÍTULO XII
PROPIEDAD INTELECTUAL, SOFTWARE Y USO DE LA MARCA
Artículo 62 – Titularidad de la Plataforma
La totalidad de la plataforma denominada
PARKING CLUB
, incluyendo su software, aplicaciones, sitio web, paneles de administración, algoritmos, bases de datos, diseño, interfaz gráfica, arquitectura informática, procesos de validación de códigos QR,
documentación técnica, desarrollos futuros, mejoras, actualizaciones, marcas, logotipos, nombres comerciales, dominios de Internet y cualquier otro activo tecnológico o intelectual relacionado, es y continuará siendo de propiedad exclusiva de PARKING CLUB o de quien ésta designe.
La adhesión del COMERCIO no implica cesión, licencia exclusiva, copropiedad ni derecho alguno sobre dichos activos, salvo el derecho limitado de uso previsto en este contrato.
Artículo 63 – Licencia de Uso
Mientras el presente contrato permanezca vigente y el COMERCIO cumpla todas sus obligaciones, PARKING CLUB le concede una licencia de uso:
- personal;
- limitada;
- revocable;
- no exclusiva;
- no transferible;
- no sublicenciable,
para utilizar la plataforma exclusivamente con el fin de operar como comercio adherido.
Finalizado el contrato, dicha licencia cesará automáticamente, sin necesidad de notificación.
Artículo 64 – Restricciones de Uso
EL COMERCIO se obliga a no realizar, por sí ni por intermedio de terceros, directa o indirectamente, ninguna de las siguientes acciones respecto de la plataforma:
a) copiar el software o cualquier parte de él;
b) descompilar, desensamblar o realizar ingeniería inversa;
c) intentar obtener el código fuente;
d) desarrollar programas derivados basados en la plataforma;
e) utilizar robots, scripts o herramientas automáticas para acceder, consultar, extraer información u operar el sistema sin autorización previa y expresa de PARKING CLUB;
f) alterar mecanismos de seguridad;
g) acceder a sectores restringidos de la plataforma;
h) interferir con el normal funcionamiento del sistema;
i) utilizar la plataforma para fines distintos de los autorizados.
Artículo 65 – Base de Datos
Toda la información recopilada por PARKING CLUB, incluyendo registros de validaciones, historial de operaciones, estadísticas, métricas, datos comerciales agregados y cualquier otra información generada por la utilización del sistema, constituye una base de datos protegida y de titularidad exclusiva de PARKING CLUB.
El COMERCIO únicamente podrá acceder a la información que le corresponda en relación con su propia actividad.
Queda prohibida la extracción masiva, reproducción, comercialización, cesión o utilización de la base de datos para fines ajenos al presente contrato.
Artículo 66 – Marca
La marca
PARKING CLUB
, sus logotipos, identidad visual, elementos gráficos, eslóganes, signos distintivos y cualquier otra manifestación de identidad comercial pertenecen exclusivamente a PARKING CLUB.
El COMERCIO podrá utilizarlos únicamente conforme a las instrucciones de imagen institucional que la empresa publique.
Artículo 67 – Material Promocional
PARKING CLUB podrá proporcionar al COMERCIO calcomanías, carteles, banners digitales, imágenes, material gráfico, piezas publicitarias o cualquier otro elemento destinado a identificar al establecimiento como comercio adherido.
Dicho material deberá utilizarse exclusivamente mientras el contrato permanezca vigente.
Al finalizar la relación contractual, el COMERCIO deberá cesar inmediatamente su utilización y retirar cualquier referencia visible a PARKING CLUB.
Artículo 68 – Uso Indebido de la Marca
Queda expresamente prohibido:
- registrar marcas similares;
- registrar dominios que puedan generar confusión;
- crear perfiles en redes sociales utilizando el nombre PARKING CLUB;
- utilizar logotipos modificados;
- realizar campañas publicitarias que aparenten ser oficiales sin autorización;
contrato.
- inducir a terceros a creer que existe una representación distinta de la prevista en este
El incumplimiento de esta cláusula habilitará a PARKING CLUB a resolver inmediatamente el contrato y reclamar los daños y perjuicios correspondientes.
Artículo 69 – Mejoras Tecnológicas
Toda mejora, desarrollo, actualización, innovación o modificación que PARKING CLUB incorpore a la plataforma durante la vigencia del contrato será de su exclusiva propiedad, aun cuando haya surgido a partir de sugerencias formuladas por el COMERCIO.
Las recomendaciones o propuestas realizadas por el COMERCIO no generarán derecho a compensación, participación, regalías ni reconocimiento económico, salvo acuerdo escrito en contrario.
Artículo 70 – Protección frente a Competencia Desleal
El COMERCIO se compromete a no utilizar la información técnica, comercial o estratégica obtenida a través de su relación con PARKING CLUB para desarrollar, promover o colaborar en la creación de una plataforma que reproduzca sustancialmente el modelo de negocio de PARKING CLUB durante la vigencia del contrato.
Esta cláusula no impide al COMERCIO desarrollar su actividad comercial habitual ni adherirse a otras plataformas, siempre que no implique el uso indebido de información confidencial o propiedad intelectual de PARKING CLUB.
Artículo 71 – Reserva de Derechos
Todos los derechos que no hayan sido expresamente concedidos al COMERCIO mediante el presente contrato se entenderán reservados exclusivamente a PARKING CLUB.
CAPÍTULO XIII
CONFIDENCIALIDAD
Artículo 72 – Información Confidencial
Se considerará información confidencial toda aquella información técnica, comercial, financiera, estratégica o de cualquier otra naturaleza que una parte comunique a la otra y que no sea de conocimiento público.
A título enunciativo, se incluyen:
- estrategias comerciales;
- algoritmos;
- documentación técnica;
- políticas internas;
- manuales operativos;
- estadísticas;
- información sobre clientes;
- proyecciones de negocio;
- procesos internos;
- datos de la plataforma.
Artículo 73 – Obligación de Reserva
El COMERCIO se obliga a mantener estricta confidencialidad respecto de toda la información recibida de PARKING CLUB y a utilizarla únicamente para la ejecución del presente contrato.
No podrá divulgarla, reproducirla ni ponerla a disposición de terceros sin autorización previa y escrita.
Artículo 74 – Personal del Comercio
El COMERCIO será responsable de que sus socios, empleados, administradores, dependientes y colaboradores respeten las obligaciones de confidencialidad previstas en este contrato.
Responderá por cualquier incumplimiento cometido por dichas personas.
Artículo 75 – Duración
La obligación de confidencialidad subsistirá durante toda la vigencia del contrato y continuará por un plazo de cinco (5) años contados desde su terminación, cualquiera sea la causa de ésta.
CAPÍTULO XIV
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Artículo 76 – Cumplimiento Normativo
Las partes se comprometen a cumplir la normativa vigente en materia de protección de datos personales de la República Argentina y toda aquella que resulte aplicable en el futuro.
Cada parte será responsable del tratamiento, conservación, seguridad y uso de los datos que obtenga en el ejercicio de su propia actividad, dentro del ámbito de sus respectivas obligaciones.
Artículo 77 – Datos Procesados por la Plataforma
PARKING CLUB podrá almacenar, tratar y procesar, exclusivamente para el funcionamiento del sistema, entre otros, los siguientes datos:
- Datos identificatorios del comercio.
- Datos de sus representantes.
- Información de contacto.
- Datos de facturación.
- Historial de suscripciones.
- Registros de validaciones.
- Historial de promociones.
- Direcciones IP.
- Información del dispositivo.
- Fecha y hora de acceso.
- Geolocalización cuando el usuario o el comercio hubieren otorgado autorización.
- Registros de auditoría.
- Logs de seguridad.
- Cualquier otra información necesaria para la correcta prestación del servicio.
Artículo 78 – Finalidad
Toda la información será utilizada exclusivamente para:
a) prestar el servicio;
b) prevenir fraudes;
c) mejorar la plataforma;
d) resolver conflictos;
e) generar estadísticas;
f) cumplir obligaciones legales;
g) proteger la seguridad informática;
h) realizar auditorías internas.
Artículo 79 – Medidas de Seguridad
PARKING CLUB implementará medidas técnicas y organizativas razonables destinadas a proteger la información contra accesos no autorizados, alteraciones, pérdidas o destrucción.
No obstante, EL COMERCIO reconoce que ningún sistema informático puede garantizar seguridad absoluta.
Artículo 80 – Cesión de Datos
PARKING CLUB no comercializará datos personales del COMERCIO ni de sus clientes.
Únicamente podrá compartir información cuando:
- exista obligación legal;
- medie orden judicial;
- sea necesario para prestar el servicio mediante proveedores tecnológicos;
- resulte imprescindible para investigar maniobras fraudulentas;
- exista consentimiento del titular de los datos.
CAPÍTULO XV
RESPONSABILIDAD
Artículo 81 – Responsabilidad del Comercio
EL COMERCIO será el único responsable por todos los actos, productos, servicios y obligaciones vinculados con el desarrollo de su actividad, incluyendo:
- los productos que comercializa;
- la calidad de los servicios que presta;
- los beneficios que publica;
- el cumplimiento de promociones;
- la atención brindada al público;
- el cumplimiento de las normas municipales, provinciales y nacionales aplicables a su actividad.
PARKING CLUB no asumirá responsabilidad por tales cuestiones.
Artículo 82 – Responsabilidad de PARKING CLUB
PARKING CLUB responderá exclusivamente por los daños que sean consecuencia directa e inmediata de un incumplimiento propio debidamente acreditado.
En ningún caso responderá por:
- lucro cesante;
- pérdida de clientela;
- pérdida de oportunidades comerciales;
- daños indirectos;
- daños emergentes derivados de decisiones comerciales adoptadas por EL COMERCIO;
- fallas en servicios prestados por terceros.
Artículo 83 – Fuerza Mayor
Ninguna de las partes será responsable por incumplimientos ocasionados por hechos imprevisibles o inevitables, incluyendo, entre otros:
- desastres naturales;
- incendios;
- inundaciones;
- cortes generales de energía;
- fallas masivas de Internet;
- ataques informáticos de gran escala;
- conflictos laborales;
- decisiones gubernamentales;
- guerras;
- pandemias;
- cualquier otro supuesto de fuerza mayor conforme a la legislación vigente.
Artículo 84 – Indemnidad
EL COMERCIO mantendrá indemne a PARKING CLUB frente a cualquier reclamo de terceros originado en:
- incumplimientos del propio comercio;
- productos vendidos;
- servicios prestados;
- promociones ofrecidas;
- publicidad realizada por el establecimiento;
- infracción de derechos de terceros.
CAPÍTULO XVI
VIGENCIA Y FINALIZACIÓN
Artículo 85 – Vigencia
El presente contrato tendrá vigencia por tiempo indeterminado a partir de su aceptación, salvo que las partes acuerden expresamente un plazo determinado.
Artículo 86 – Rescisión por el Comercio
EL COMERCIO podrá solicitar la baja de la plataforma en cualquier momento mediante los canales oficiales habilitados.
La baja no extinguirá las obligaciones económicas pendientes ni liberará al comercio de las responsabilidades asumidas durante la vigencia del contrato.
Artículo 87 – Rescisión por PARKING CLUB
PARKING CLUB podrá rescindir el presente contrato cuando:
- exista incumplimiento grave;
- se detecten maniobras fraudulentas;
- el comercio suministre información falsa;
- se utilice indebidamente la plataforma;
- exista mora prolongada;
- se produzcan conductas que afecten la reputación de la Red Parking Club.
Artículo 88 – Efectos de la Finalización
Finalizado el contrato:
pendientes.
- cesará inmediatamente el acceso al Portal del Comercio;
- dejarán de publicarse promociones;
- el establecimiento será retirado de la plataforma;
- finalizará la licencia de uso del software;
- el comercio deberá cesar el uso de la marca PARKING CLUB;
- subsistirán las obligaciones de confidencialidad, protección de datos y pago de deudas
CAPÍTULO XVII
COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
Artículo 89
Las partes acuerdan que todas las comunicaciones podrán realizarse válidamente mediante:
- correo electrónico;
- notificaciones dentro del Portal;
- aplicaciones móviles oficiales;
- mensajes SMS;
- servicios de mensajería instantánea oficialmente habilitados por PARKING CLUB.
Artículo 90
Las comunicaciones se considerarán recibidas desde el momento en que ingresen al sistema electrónico informado por la parte destinataria, salvo prueba fehaciente en contrario.
Artículo 91
Será responsabilidad del COMERCIO mantener actualizados sus datos de contacto.
Las notificaciones enviadas a la última dirección electrónica informada se considerarán plenamente válidas.
CAPÍTULO XVIII
LA RED PARKING CLUB
Artículo 92 – Concepto de la Red Parking Club
A los efectos del presente contrato, se denomina Red Parking Club al conjunto de recursos tecnológicos, comerciales y operativos integrado por:
- la plataforma tecnológica;
- el sitio web oficial;
- las aplicaciones móviles;
- los servidores;
- los códigos QR emitidos por el sistema;
- los comercios adheridos;
- los promotores o generadores autorizados;
- los usuarios registrados;
- los sistemas de validación;
- los programas de beneficios;
- los servicios actuales y los que se incorporen en el futuro.
La Red Parking Club constituye un ecosistema tecnológico y comercial administrado exclusivamente por PARKING CLUB.
Artículo 93 – Administración
La administración, organización, crecimiento, modificación y funcionamiento de la Red Parking Club corresponderán exclusivamente a PARKING CLUB.
La empresa podrá modificar libremente la estructura de la red cuando ello resulte conveniente para su evolución tecnológica o comercial.
Artículo 94 – Incorporación de Nuevos Servicios
EL COMERCIO acepta que durante la vigencia del contrato PARKING CLUB podrá incorporar nuevos servicios, entre ellos, a modo meramente enunciativo:
- programas de fidelización;
- sorteos;
- acumulación de puntos;
- programas de membresía;
- billeteras digitales;
- reservas;
- cupones electrónicos;
- publicidad segmentada;
- geolocalización avanzada;
- inteligencia artificial;
- integraciones con terceros;
- nuevos sistemas de validación;
- nuevos tipos de códigos digitales.
La incorporación de estos servicios no requerirá la celebración de un nuevo contrato.
Artículo 95 – Integraciones
PARKING CLUB podrá integrar la plataforma con sistemas públicos o privados, organismos gubernamentales, municipalidades, empresas de estacionamiento medido, billeteras virtuales, procesadores de pago, plataformas comerciales u otros proveedores tecnológicos.
EL COMERCIO acepta que dichas integraciones podrán modificar determinados procesos operativos sin alterar la esencia del presente contrato.
Artículo 96 – Estadísticas
PARKING CLUB podrá elaborar estadísticas generales derivadas del funcionamiento de la plataforma y de las operaciones registradas en ella.
Las estadísticas serán utilizadas únicamente con fines comerciales, estratégicos, publicitarios o de mejora del servicio y no identificarán individualmente al COMERCIO salvo autorización expresa o cuando sea necesario para el funcionamiento de la plataforma.
Artículo 97 – Evolución Permanente
EL COMERCIO reconoce y acepta que la Red Parking Club constituye un sistema tecnológico en permanente evolución y actualización.
Por tal motivo, acepta que:
- podrán modificarse procesos internos;
- podrán cambiar interfaces;
- podrán modificarse procedimientos de validación;
- podrán incorporarse nuevos mecanismos de seguridad;
- podrán reemplazarse tecnologías existentes.
Estas modificaciones no constituirán incumplimiento contractual.
CAPÍTULO XIX
AUDITORÍA Y CONTROL
Artículo 98 – Auditorías
Con el exclusivo objeto de preservar la seguridad, confiabilidad y transparencia del sistema, PARKING CLUB podrá realizar auditorías técnicas, administrativas y operativas relacionadas con la utilización de la plataforma por parte del COMERCIO.
Las auditorías deberán respetar la confidencialidad de la información comercial del establecimiento y limitarse a los datos y registros vinculados con el uso de PARKING CLUB.
Artículo 99 – Conservación de Registros
PARKING CLUB podrá conservar registros electrónicos de operaciones, validaciones, accesos y eventos de seguridad durante el plazo que considere razonablemente necesario para la prestación del servicio, la prevención de fraudes, la atención de reclamos y el cumplimiento de obligaciones legales.
Artículo 100 – Colaboración
EL COMERCIO se compromete a colaborar de buena fe en cualquier investigación relacionada con:
- fraude;
- utilización indebida de códigos QR;
- accesos no autorizados;
- reclamos de usuarios;
- incidentes de seguridad.
CAPÍTULO XX
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 101 – Cesión
EL COMERCIO no podrá ceder, transferir ni delegar, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivados del presente contrato sin autorización previa y escrita de PARKING CLUB.
PARKING CLUB podrá ceder el contrato, total o parcialmente, a sociedades vinculadas, controladas, controlantes o sucesoras del negocio, notificando dicha circunstancia al COMERCIO.
Artículo 102 – Independencia de las Cláusulas
La nulidad o invalidez de una disposición del presente contrato no afectará la validez de las restantes cláusulas, que continuarán plenamente vigentes.
Artículo 103 – Renuncia
La falta de ejercicio por parte de PARKING CLUB de cualquier derecho previsto en este contrato no implicará renuncia al mismo ni impedirá su ejercicio posterior.
Artículo 104 – Integridad Contractual
El presente contrato, junto con sus anexos, políticas publicadas en la plataforma y condiciones particulares aceptadas por el COMERCIO, constituye el acuerdo íntegro entre las partes y reemplaza cualquier negociación o entendimiento previo sobre su objeto.
Artículo 105 – Modificaciones
PARKING CLUB podrá modificar el presente contrato cuando resulte necesario por razones legales, técnicas, operativas o comerciales.
Las modificaciones serán comunicadas por medios electrónicos con una antelación razonable, indicando su fecha de entrada en vigencia.
La continuidad en el uso de la plataforma luego de la entrada en vigencia de las modificaciones implicará su aceptación, sin perjuicio del derecho del COMERCIO a rescindir el contrato si no estuviera de acuerdo con los cambios.
Artículo 106 – Ley Aplicable
El presente contrato se regirá e interpretará de conformidad con las leyes vigentes de la República Argentina, sin perjuicio de las normas de orden público que resulten aplicables.
Artículo 107 – Jurisdicción
Toda controversia derivada de este contrato será sometida a la competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Córdoba, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, salvo que una norma de orden público disponga lo contrario.
Artículo 108 – Domicilios
Las partes constituyen como domicilios especiales los indicados durante el proceso de adhesión, donde serán válidas todas las notificaciones relacionadas con el presente contrato hasta tanto se comunique fehacientemente un cambio de domicilio.
Artículo 109 – Firma
Las partes manifiestan haber leído íntegramente el presente contrato, comprender su alcance jurídico y aceptarlo en todas sus partes.
La firma manuscrita, electrónica, digital o la aceptación mediante los mecanismos habilitados por PARKING CLUB producirá todos los efectos legales correspondientes.
CAPÍTULO XXI
SUCURSALES Y USUARIOS AUTORIZADOS
Artículo 110 – Sucursales
Cuando EL COMERCIO posea una o más sucursales y desee incorporarlas a la Red Parking Club, cada una deberá completar su propia adhesión y contratar la suscripción correspondiente.
Cada sucursal operará como un comercio adherido independiente, con sus propios datos, horarios, beneficios, medio de pago, suscripción, historial y credenciales de acceso, aun cuando pertenezca al mismo titular, razón social o grupo comercial.
Artículo 111 – Responsabilidad
Todas las operaciones realizadas por los usuarios autorizados se considerarán efectuadas por EL COMERCIO.
En consecuencia, el comercio responderá por:
- errores;
- validaciones;
- modificaciones;
- publicaciones;
- eliminaciones;
- cualquier otra operación realizada desde sus cuentas.
CAPÍTULO XXII
CAMBIO DE TITULARIDAD
Artículo 112
Cuando el establecimiento cambie de titular, razón social, CUIT o propietario, EL COMERCIO deberá informarlo a PARKING CLUB dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
Artículo 113
PARKING CLUB podrá solicitar la documentación necesaria para actualizar la información
registrada.
Hasta tanto ello ocurra, podrá limitar determinadas funciones de la cuenta.
Artículo 114
La omisión de informar cambios relevantes facultará a PARKING CLUB a suspender temporalmente la cuenta hasta regularizar la situación.
CAPÍTULO XXIII
VERIFICACIÓN DE BENEFICIOS
Artículo 115
Con el objeto de preservar la calidad del servicio, PARKING CLUB podrá realizar controles destinados a verificar el efectivo cumplimiento de las promociones publicadas.
Artículo 116
Las verificaciones podrán realizarse mediante:
- análisis de registros;
- contacto con usuarios;
- auditorías;
- solicitudes de documentación;
- visitas comerciales;
- utilización de usuarios de control o cualquier otro procedimiento lícito.
Artículo 117
La detección de diferencias entre los beneficios publicados y los efectivamente otorgados podrá dar lugar a la aplicación del régimen de sanciones previsto en el presente contrato.
CAPÍTULO XXIV
IMAGEN COMERCIAL
Artículo 118
EL COMERCIO autoriza a PARKING CLUB a utilizar, durante la vigencia del presente contrato, su:
- nombre comercial;
- logotipo;
- fotografías;
- imágenes;
- descripción;
- promociones;
- dirección;
- horarios;
- redes sociales;
- sitio web;
únicamente para la difusión de la Red Parking Club.
Artículo 119
La autorización comprenderá publicaciones en:
- la plataforma;
- aplicaciones móviles;
- redes sociales;
- campañas publicitarias;
- material gráfico;
- material audiovisual;
- presentaciones comerciales;
- medios digitales.
Artículo 120
La presente autorización será gratuita y no generará derecho a compensación económica alguna para EL COMERCIO.
Artículo 121
Finalizado el contrato, PARKING CLUB dejará de utilizar el material institucional del comercio dentro de un plazo razonable, sin perjuicio de conservar registros históricos cuando resulte necesario por razones legales, técnicas o probatorias.
CAPÍTULO XXV
REPUTACIÓN DEL COMERCIO
Artículo 122
PARKING CLUB podrá implementar sistemas de reputación, puntuación, niveles de calidad o calificaciones otorgadas por usuarios.
Artículo 123
Los resultados podrán utilizarse para:
- ordenar búsquedas;
- destacar comercios;
- mejorar recomendaciones;
- detectar incumplimientos;
- elaborar estadísticas.
Artículo 124
EL COMERCIO acepta que dichos sistemas podrán modificarse, actualizarse, reemplazarse o dejar de utilizarse conforme evolucione la plataforma y cambien sus necesidades técnicas, operativas o comerciales.
Artículo 125
Las calificaciones no constituirán certificaciones oficiales de calidad sino indicadores generados por el funcionamiento del sistema.
CAPÍTULO XXVI
INACTIVIDAD
Artículo 126
Cuando PARKING CLUB detecte que un comercio permanece inactivo durante un período prolongado, podrá comunicarse con el establecimiento para verificar si desea continuar formando parte de la Red Parking Club.
Artículo 127
Si luego de las comunicaciones efectuadas el comercio no respondiera o mantuviera la inactividad, PARKING CLUB podrá suspender su visibilidad o dar de baja su participación en
la plataforma, previa notificación.
Artículo 128
La baja por inactividad no extinguirá las obligaciones económicas pendientes ni impedirá que el comercio solicite una nueva adhesión, la cual quedará sujeta al procedimiento vigente al momento de la solicitud.
CAPÍTULO XXVII
DISPOSICIONES FINALES
Artículo 129 – Acuerdo Completo
El presente Contrato de Adhesión, junto con sus Anexos, Políticas de Uso, Política de Privacidad, Política Antifraude, Condiciones del Portal del Comercio y demás documentos publicados oficialmente por PARKING CLUB que formen parte integrante de la relación contractual, constituye el acuerdo completo entre las partes y reemplaza cualquier negociación, propuesta, comunicación o entendimiento previo relacionado con su objeto.
Artículo 130 – Modificaciones del Contrato
PARKING CLUB podrá modificar el presente contrato cuando resulte necesario por razones legales, técnicas, comerciales, operativas o de seguridad.
Las modificaciones serán notificadas al COMERCIO por medios electrónicos con una antelación razonable. Si el COMERCIO continuara utilizando la plataforma con posterioridad a la entrada en vigencia de las modificaciones, se considerará que las acepta plenamente, sin perjuicio de su derecho a solicitar la baja del servicio conforme a las condiciones vigentes.
Artículo 131 – Independencia de las Cláusulas
Si alguna disposición del presente contrato fuera declarada nula, inválida o inaplicable por autoridad competente, dicha circunstancia no afectará la validez de las restantes cláusulas, las cuales continuarán plenamente vigentes y producirán todos sus efectos legales.
Las partes se comprometen a reemplazar la disposición afectada por otra que refleje, en la mayor medida posible, la finalidad económica y jurídica originalmente perseguida.
Artículo 132 – No Renuncia de Derechos
La falta de ejercicio o el ejercicio tardío por parte de PARKING CLUB de cualquier derecho previsto en este contrato no constituirá renuncia al mismo ni impedirá su ejercicio posterior.
Ninguna tolerancia frente a incumplimientos podrá interpretarse como modificación contractual o antecedente obligatorio para situaciones futuras.
Artículo 133 – Continuidad de Determinadas Obligaciones
Aun finalizada la relación contractual, continuarán vigentes todas aquellas obligaciones que, por su naturaleza, deban subsistir, incluyendo, entre otras:
- Confidencialidad.
- Protección de datos.
- Propiedad intelectual.
- Conservación de registros.
- Pago de obligaciones pendientes.
- Responsabilidad por hechos ocurridos durante la vigencia del contrato.
- Resolución de controversias.
Artículo 134 – Domicilios y Notificaciones
Las partes constituyen como domicilios válidos los informados durante el proceso de adhesión, aceptando expresamente la utilización de medios electrónicos como forma válida de comunicación.
Toda modificación de domicilio físico o electrónico deberá ser comunicada por el COMERCIO a través de los canales habilitados por PARKING CLUB.
Hasta tanto ello ocurra, toda notificación enviada a los datos registrados se considerará plenamente válida.
Artículo 135 – Ley Aplicable y Jurisdicción
El presente contrato se regirá por las leyes de la República Argentina.
Toda controversia derivada de su interpretación, ejecución, cumplimiento o incumplimiento será sometida a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios con competencia en la Provincia de Córdoba, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, salvo disposición legal imperativa en contrario.
Artículo 136 – Aceptación
EL COMERCIO declara:
implementado por PARKING CLUB.
- Haber leído íntegramente el presente contrato y sus anexos.
- Comprender el alcance jurídico de todas sus cláusulas.
- Haber tenido oportunidad suficiente para formular consultas antes de su aceptación.
- Aceptar libre y voluntariamente todas las obligaciones aquí previstas.
- Reconocer la validez jurídica de la firma electrónica o del mecanismo de aceptación
La aceptación realizada mediante firma manuscrita, firma electrónica, firma digital o cualquier otro mecanismo autorizado producirá los mismos efectos legales y probatorios.
ESPACIO PARA FIRMAS
PARKING CLUB S.A.S.
Razón Social: _______________________________________
CUIT: _______________________________________________
Representante: _______________________________________
Cargo: ______________________________________________
Firma: ______________________________________________
Fecha: ______________________________________________
EL COMERCIO ADHERIDO
Razón Social / Nombre Comercial: _______________________
CUIT: ________________
Titular o Representante: _______________________
DNI: ________________
Domicilio: _______________________
Correo Electrónico: _______________________
Teléfono: ________________
Plan contratado: ________________
Abono mensual o anual, según el plan contratado: $ ____________
Firma electrónica: ______________________________________________
Fecha: ____/____/________
DECLARACIÓN FINAL
Las partes manifiestan que el presente Contrato de Adhesión Comercial fue celebrado de buena fe, con pleno conocimiento de su contenido y de sus consecuencias jurídicas, comprometiéndose a cumplir todas sus obligaciones con lealtad, transparencia y colaboración recíproca, con el objetivo de fortalecer la Red PARKING CLUB y brindar un servicio confiable, seguro y de calidad a todos sus usuarios.